
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha dado un paso decisivo en la modernización de sus servicios al lanzar una nueva funcionalidad que permite generar facturas electrónicas únicamente con el tipo y número de documento del comprador. El servicio, que estará vigente a partir de la segunda semana de abril, promete facilitar y agilizar el proceso de facturación para millones de colombianos.
Este nuevo mecanismo permitirá a los compradores de bienes y servicios suministrar únicamente tres datos: nombre completo o razón social, tipo y número de documento, y correo electrónico (en caso de que deseen recibir la factura por ese medio). En caso de no suministrar correo, el comercio deberá entregar una factura impresa, sin exigir ningún dato adicional.
Eliminación de trámites innecesarios
La iniciativa se da en el marco de una alianza entre la DIAN y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), como respuesta a las barreras que tradicionalmente enfrentan los consumidores y comerciantes al momento de generar una factura electrónica, como la solicitud de información excesiva y demoras en el proceso.
Además, ningún establecimiento podrá exigir documentos físicos ni datos personales adicionales como dirección, número telefónico o RUT, conforme a lo estipulado en el artículo 35 de la Resolución 165 de 2023.
Adaptación de software y sistemas
Este avance será incorporado automáticamente en el servicio gratuito de facturación de la DIAN y podrá ser integrado en los sistemas propios de facturación o en los operados por proveedores tecnológicos. Para ello, los sistemas deberán ser ajustados para permitir el diligenciamiento automático de los datos del comprador con solo digitar su número de cédula.
Según Luis Eduardo Llinás, director general encargado de la DIAN, “la implementación de este servicio no solo refleja el compromiso de la entidad con la modernización de la administración tributaria, sino que también busca eliminar obstáculos innecesarios que afectan tanto a los responsables de facturar como a los consumidores”.
Aplicación en servicios públicos
La Resolución 000202 de 2025 también aclara que las empresas prestadoras de servicios públicos solo podrán utilizar el documento equivalente electrónico para ventas relacionadas directamente con sus servicios, salvo que el usuario autorice otro tipo de uso.
Esta medida marca un antes y un después en la política de facturación electrónica en Colombia, al reducir la fricción en el proceso de compra y proteger los datos personales de los usuarios.